consejo de salud de zona museros

El Consell de Salut básico es un instrumento para facilitar la implementación local de la Estrategia de Promoción de la Salud y Prevención en el Sistema Nacional de Salud (SNS) en el municipio, así como para el despliegue de proyectos del V Plan de Salud de la CV y del Plan de Acción de Atención Primaria, a través de los espacios de participación.

Este reglamento establece la finalidad, estructura y funcionamiento del Consell de Salut básico para la promoción y protección de la salud y al bienestar de nuestra Comunidad.

 

Correo electrónico: consell_museros@gva.es

 
COMPOSICIÓN

Los Consejos de Salud y de participación responderán al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres y estarán formados por:

a. Presidencia: la persona que desempeñe la coordinación de la Zona Básica de Salud, que será suplida por la vicepresidencia.

b. Vicepresidencia: la persona titular de la Coordinación de Enfermería de la Zona Básica de Salud.

c. Secretaría: una persona elegida por la Presidencia entre las personas integrantes del Equipo de Atención Primaria de la Zona Básica de Salud.

d. Vocalías

  • Dos personas profesionales del Equipo de Atención Primaria de su ámbito territorial designados por la Presidencia, preferentemente entre profesionales que se presenten voluntariamente.
  • Una persona profesional del Equipo de Trabajo Social Sanitario de su ámbito territorial, designado por la Presidencia. En su defecto, un profesional de Servicios Sociales Municipales de su ámbito territorial.
  • Una persona representante de alguno de los ayuntamientos de su ámbito territorial designada de común acuerdo por las personas titulares de las concejalías con competencias en materia de Sanidad del ámbito territorial de la respectiva zona de salud.
  • Una persona del Centro de Salud Pública donde este situada la zona básica de salud designada por la Dirección del Centro de Salud Pública correspondiente.
  • Una persona representante de la asociación de vecinas y vecinos adscrita a la zona básica de salud, designada por ellos mismos.
  • Tres vocales designados por la presidencia del consejo de salud básico entre las asociaciones o entidades en cuyo objeto social está incluida la promoción de la salud y prevención y presenten un proyecto de acción comunitaria (UPCCA´s, centros educativos, farmacias…).
  • El ámbito de influencia de las asociaciones que participen debe incluir la zona básica de salud y las personas representantes tienen que ser usuarias de esa zona básica de salud (asociación de vecinos, AMPA´..etc).
  • Cuando se considere de interés, cada Consejo de Salud básico podrá invitar a participar, con voz, pero sin voto, a otras personas de reconocida competencia o asociaciones relacionadas en los temas a tratar o cuyas actividades sean consideradas de interés.

FUNCIONAMIENTO

El Consejo de Salud Básico está integrada por la totalidad de sus miembros, bajo la dirección de la presidencia y asistida por la secretaría, ajustándose en su funcionamiento a las siguientes normas:

  1. El Consell de Salut Básico se reunirá al menos con carácter ordinario trimestralmente, y con carácter extraordinario cuando lo convoque la presidencia. Se redactará un acta/resumen tras cada reunión que se realice.
  2. El lugar/espacio de reunión será definido en cada reunión por los participantes y será de carácter rotatorio entre los municipios y los centros sanitarios que componen la zona básica de salud.
  3. Podrá ser objeto de deliberación cualquier asunto no incluido en el orden del día que cuente con el voto favorable de la mayoría.
  4. El Consell de Salut Básico aprobará el plan de trabajo, su cronograma, y realizará el seguimiento del mismo así como de los acuerdos que se alcance en las reuniones.
  5. El Consell presentará un informe anual de actividades de promoción de la salud que enviará a cada organismo (dirección de atención primaria y a la dirección de salud pública de cada departamento, consejo de salud del departamento de salud correspondiente) con frecuencia mínima anual y las oportunas actas de sus reuniones. El Consell también informará a los órganos anteriormente citados de las variaciones o cambios  que se produzca en el seno del mismo.
  6. El Consell de Salut Básico establecerá la forma de dar visibilidad al trabajo que ha realizado ante la población través de jornadas, talleres o semanas dedicadas a la promoción y prevención de la mejora de la salud con el fin de estimular la participación comunitaria.