Consejo Zona basica Alboraia

El consejo de Salud es un órgano que hace efectiva la participación de los ciudadanos de Alboraya a través de sus representantes en las actividades relacionadas con la Salud que

la Consellería de Sanidad y los profesionales del Centro de Salud de Alboraya y sus Consultorios Auxiliares, Racó de San Llorens, Patacona y Saplaya llevan a cabo.

El ámbito de actuación del Consejo de Salud de la Zona Básica de Alboraya es todo el Municipio de Alboraya.

 

Correo de contacto: consell_alboraia@gva.es

 

COMPOSICIÓN:

El Centro de Salud Zona Básica de Alboraya estará formado por:

 

  • Jefa Zona Básica Alboraya
  • Coordinadora de Enfermería.
  • Responsable administrativa Zona Básica Alboraya.
  • Trabajadora Social zona Básica Alboraya.
  • Alcalde Alboraya.
  • Concejala Salud Pública Alboraya.
  • Trabajadora Social S.S. Alboraya.
  • Veterinario Salud Pública y Comunitaria.
  • Representantes asociaciones vecinales:
    • Asociaciones de de mujeres.
    • Asociaciones vecinos casco histórico.
    • Asociaciones vecinos Port Saplaya.
    • Asociaciones vecinos Patacona.
    • Asociaciones Jóvenes
    • Unió Democrática de Pensionistas.
    • Consejo Escolar-AMPA.
    • Junta Local Contra el Cáncer

 

El nombramiento de los miembros del Consejo tendrá una duración de cuatro años. Transcurrido dicho plazo el Consejo solicitará las renovaciones de las designaciones correspondientes.

 

 

 

FUNCIONES:

a) Colaborar en la determinación de los problemas prioritarios de salud de la zona y en la detección de sus necesidades especificas, así como en la elaboración de las correspondientes propuestas de mejora y proyectos de actuación.

b) Conocer y participar en la elaboración, realización y evaluación de los programas de salud diseñados por el equipo de atención primaria.

c)Participar en la elaboración, desarrollo y ejecución de los programas de salud y de todas aquellas acciones tendentes a mejorar el nivel de salud de la comunidad.

d) Contribuir al desarrollo y ejecución de todas aquellas acciones relacionadas con la información sanitaria, la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad con un enfoque comunitario.

e) Conocer la evolución de los recursos estructurales, humanos y económicos-financieros destinados a garantizar la asistencia sanitaria de la zona básica de salud y valorar el grado de eficiencia en su aplicación.

f) Promover el desarrollo de los derechos y deberes de los usuarios de la zona básica de salud,conociendo e informando las reclamaciones y sugerencias que pudieran presentarse si la naturaleza de las mismas así lo aconseja .

g) En determinados casos el Consejo de Salud podrá invitar a sus reuniones a aquellas personas que, por el grado de sus conocimientos o su demostrada cualificación técnica, puedan informar y asesorar sobre temas específicos incluidos en el orden del día. Dichas personas acudirán en calidad de asesores con voz pero sin voto.

 

FUNCIONAMIENTO:

La presidencia del Consejo Salud Zona Básica Alboraya será ejercida por el Jefe Zona

Básica. La secretaria será ejercida por la Referente administrativa de la Zoná Básica Alboraya. El Consejo de Salud celebrará al menos una reunión ordinaria cada tres meses, previa

convocatoria de su presidencia que incluirá un orden del día remitido con un mínimo de 48 horas de antelación. Las reuniones extraordinarias tendrán lugar cuando las convoque la

presidencia por iniciativa propia o a petición de un tercio de los miembros de Consejo.

El consejo quedará válidamente constituido con la presencia de la mitad más uno de sus componentes, en una primera convocatoria , y de un tercio en la segunda a realizar treinta

minutos después. En todo caso, será requisito imprescindible la presencia de los titulares de la presidencia y de la secretaría.

Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de los asistentes disponiendo la presidencia de un voto de calidad en caso de producirse empate en la votación.

La secretaría se responsabilizará de levantar acta de cada una de las reuniones y sus acuerdos y le corresponderá, asimismo, remitir al Consejo de Salud del área una memoria

anual de las actividades del Consejo con el visto bueno de su presidencia.

Se perderá la condición de miembro del Consejo de salud por dimisión de la persona interesada, por no ser renovado por la entidad que representa a la finalización del

mandato, por remoción de la entidad o asociación representada o por la inasistencia durante cuatro reuniones consecutivas sin causa justificada.

El Consejo tendrá como sede el centro de salud del equipo de atención primaria de la zona básica de salud.