consejos salud zona básica

El Consejo de Salud de la Zona Básica es un órgano que hace efectiva la participación de la población adscrita a través de sus representantes, en las actividades relacionadas con la salud promovidas por la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública y desarrolladas por los trabajadores del Centro de Salud.

 

Se pretende así impulsar el protagonismo de la propia comunidad con el fin de que la promoción y la educación de la salud sean principalmente una responsabilidad compartida por los ciudadanos y los profesionales sanitarios que conviven en la Zona Básica de Salud.

 

Funciones del Consejo de salud de zona básica

  1. Conocer y valorar los Acuerdos de Gestión anuales del Equipo de Atención Primaria (EAP).
  2. Conocer y aprobar la Memoria del EAP del año anterior.
  3. Conocer y valorar la situación y funcionamiento del EAP.
  4. Canalizar y promover la participación de la comunidad en las actividades de promoción y protección de la salud, y, en especial, de educación para la salud.
  5. Colaborar en la determinación de los problemas de salud de la Zona y en la detección de sus necesidades específicas, así como en la elaboración de las correspondientes propuestas de mejora y proyectos de actuación.
  6. Promover el desarrollo de los derechos y deberes de los usuarios de la ZBS, conociendo e informando las reclamaciones y sugerencias que pudieran presentarse si la naturaleza de las mismas así lo aconsejara.
  7. Canalizar y valorar cuantas iniciativas o sugerencias permitan la mejora de atención y del nivel de salud de la Zona Básica.
  8. Proponer e informar sobre cualquier asunto que le sea propuesto por la Jefatura de Zona Básica o por las instituciones con responsabilidad sanitaria en la Zona Básica de Salud.
  9. Valorar y aprobar las propuestas de actuación del EAP para el año siguiente.
  10. Elaborar una Memoria anual de funcionamiento del CSZB.

 

En un momento posterior de su desarrollo podría también ampliar sus funciones a:

a) Conocer y participar en la elaboración del diagnóstico de la situación de salud de la zona, identificando además los activos para la salud que permitan ayudar a aumentar el bienestar y reducir las inequidades en salud.

b) Colaborar en la determinación de los problemas prioritarios de salud de la zona y en la detección de sus necesidades específicas, así como en la elaboración de las correspondientes propuestas de mejora y proyectos de actuación.

c) Conocer y participar en la elaboración, realización y evaluación de los programas de salud diseñados por el equipo de atención primaria.

d) Participar en la elaboración, desarrollo, y ejecución de los programas de salud y de todas aquellas acciones tendentes a mejorar el nivel de salud de la comunidad.

e) Contribuir al desarrollo y ejecución de todas aquellas acciones relacionadas con la información sanitaria, la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad con un enfoque comunitario.

f) Conocer la evolución de los recursos estructurales,humanos y económico-financieros destinados a garantizar la asistencia sanitaria de la zona básica de salud y valorar el grado de eficiencia en su aplicación.

g) Informar el anteproyecto del Plan de Salud de área y remitirlo al Consejo de Salud del departamento.

h)  Informar y conocer cualesquiera otros asuntos que le sean propuestos por el Coordinador del equipo de atención primaria o por cualquier otro órgano directivo de la Consellería competente en materia de salud y servicios sanitarios o por cualquier miembro del Consejo de Salud.

i) Participar en cualquier otra actuación planteada por la Consellería competente en materia de salud y servicios sanitarios o que el propio Consejo como tal sugiera y sea autorizada previamente por la dirección  de atención primaria.

k) Proponer la adopción de cuantas medidas mejoren el funcionamiento y atención prestados por los servicios sanitarios y, en su caso, la creación de otros nuevos.